Ante el fallecimiento de un familiar tan cercano como es la pareja, debemos conocer algunas de las cuestiones económicas inherentes a ese deceso, siendo las más significativas las que giran en torno a la pensión de viudedad. Este recurso es un beneficio económico que tiene por derecho la viuda o viudo de un trabajador fallecido. Para poder optar al disfrute de esta compensación es necesario cumplir ciertos requisitos que atienden a cuestiones como la edad, el tiempo que ha durado el matrimonio o la dependencia económica del cónyuge.
Cuando el cónyuge fallece, debes informar de este fallecimiento a la seguridad social o sistema de pensiones para que dé comienzo el proceso de solicitud de la pensión. Para saber la cantidad que te pertenece, has de tener en cuenta que suele basarse en la cotización y salario del fallecido, además de otros detalles como la edad del viudo o viuda. Hay casos en los que es posible acumular la pensión de viudedad con otras prestaciones, como pensiones por invalidez, jubilación u otras, dependiendo de lo indicado en cada legislación. La pensión de viudedad en España se concede de forma vitalicia, pero existen excepciones: acciones posteriores en la vida del cónyuge pueden influir en la vigencia de esta prestación, como casarse nuevamente o vivir en una relación de pareja. Antes de dar cualquier paso es importante interesarse por la posible pérdida de derechos que suponga. Ya que las pensiones son revisables y la Seguridad Social vela por la vigencia de los requisitos no debes jugártela, pues podrían obligarte a la devolución de los cobros indebidos.
Los requisitos para obtener una pensión de viudedad en España son: Ser viudo o viuda de un cónyuge que haya cotizado al sistema de seguridad social español. Tener al menos 65 años (aunque hay excepciones para personas con discapacidad o menores de 65 años que tengan hijos a su cargo). No estar trabajando o tener ingresos por encima de un límite establecido por la Seguridad Social. El montante de esta mensualidad se calcula en función de las cotizaciones realizadas por el fallecido y el tiempo cotizado al sistema, siendo un porcentaje de la base reguladora que se establece de acuerdo con el historial de cotizaciones del cónyuge fallecido.
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