No nos gusta pensar en ello porque da un poco de grima. Se trata de qué hacer con nuestra huella digital una vez fallecidos. Es un asunto complejo, aunque existen ya ciertos seguros de vida y decesos que ofrecen un servicio personalizado de borrado de huella digital para hacer desaparecer toda la información online que exista en la red sobre una persona fallecida. Parece una tontería, pero mejor que sea un extraño el que lo haga y descargar a cualquier familiar de esa responsabilidad tan sensible. Esta cobertura va en consonancia con el derecho al olvido en la red que prevé la legislación europea. Su objetivo es eliminar la vida digital de la persona fallecida, desde imágenes en la nube a datos personales o cualquier rastro relacionado con nuestros perfiles en Facebook, Twitter, Instagram, blogs, correo electrónico, búsquedas realizadas, llamadas de Skype o incluso el uso de aplicaciones.
Testamento digital
Todavía este proceso está camino de una mayor implantación. Y es que, como referencia, aunque cada vez es más sencillo hacer testamento en nuestro país no existe una verdadera cultura testamentaria. Se calcula que en nuestro país cuatro de cada diez personas fallecen sin haber hecho testamento y visto ello ya podemos imaginar que lo mismo ocurre con el testamento digital, mucho más novedoso. Se trata de un documento cada vez mas extendido que indica cómo gestionar nuestros activos digitales una vez ya no estemos en este mundo. Este documento se refiere a cuentas de correo electrónico, perfiles en redes sociales, cuentas de bancos online o bitcoins, entre otras opciones como documentación en nubes. Para su gestión tras nuestra muerte se redacta una lista de todas nuestras actividades nuestras digitales, las claves de acceso a cada una y la autorización a la persona que indiquemos para gestionarlo.
Si no existe testamento digital, los familiares pueden contactar con compañías que gestionan las redes sociales, correo electrónico, almacenamiento en la nube, etc. y solicitar el borrado mediante copia del certificado de defunción. Aunque es un proceso largo y complejo, y no siempre agradable por los recuerdos que nos trae sobre el difunto es cada vez mas necesario que la familia se vea descargada de ese trance. Este documento testamentario digital puede redactarse de manera informal, aunque también se formaliza ante notario, pero desde 2018 en España está regulado y se permite a los familiares de la persona fallecida acceder a su legado digital. Con la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales, si la persona fallecida no ha redactado un testamento digital sus familiares o su albacea testamentario son validados para acceder a su legado y solicitar el borrado de su vida digital. En cualquier caso, siempre sería más sencillo hacerlo formalmente con un testamento digital en el que se recogen todos los datos por adelantado, junto con sus claves de acceso. Ello hará mas fácil el proceso y menos doloroso para la familia del difunto.
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